GENEALOGÍA BERMÚDEZ DE CASTRO
La web de los Bermúdez de Castro

GALICIA BAJO DOMINIO IRMANDIÑO (1467-1469).

 

 

         Tras la victoria Irmandiña, el objetivo principal de éstos se fijó en la demolición de las fortalezas (bajo ese nombre entendemos, aquí, cualquier construcción defensiva: castillo, torre, ciudadela…). Según el Licenciado Molina el número de fortalezas demolidas en Galicia ascendía a ciento treinta; Vasco de Aponte afirmaba que se derrocaron cuantas fortalezas había en Galicia menos Pambre; un testigo del pleito Tavera-Fonseca añadió, a la de Pambre, las fortalezas de Castroverde y Villajuán entre las que se salvaron de ser demolidas; Cid Rumbao cree que tampoco se derribaron las de Allariz, Castro Caldelas ni la de Sarria (1)…

 

         Independientemente del número de las derrocadas y de las excluidas, de lo que no cabe duda es que la demolición de las fortalezas se convirtió en algo sistemático: sostenían los muros con estribos y puntales de madera para que, al abrir brechas en los muros, éstos no se vinieran abajo mientras ellos actuaban; una vez debilitado el muro por lugares estructurales, acumulaban materiales de fácil combustión junto a los estribos y puntales de madera que habían colocado para que, al arder, tuvieran tiempo de alejarse antes de que los muros se vinieran abajo. De esta manera derribaban los muros sin peligro para los asaltantes (2).

 

         La demolición de las fortalezas podía simbolizar el rechazo de los Irmandiños a cualquier representación de poder. Sin embargo, tras la victoria, implantaron un gobierno con un sentido de la justicia muy parecido al anterior castigando pequeños delitos con mucha severidad (3): En el villar de Compostela, un vasco robó un pescado de la cesta de una vendedora… El vasco fue detenido y juzgado por la justicia hermandina y condenado a muerte. Le asaetaron atado a un fresno delante del Monasterio de Santo Domingo (4). Y no fue el único: tres escuderos de Salnés murieron asaetados en Pontevedra cumpliendo la sentencia de la Hermandad (5).

 

         En cuanto a la posesión de las tierras, el concepto de lo justo se asimilaba a lo acostumbrado: las querellas sobre la propiedad durante la dominación irmandiña se resolvían requiriendo a los testigos que dieran cuenta de cuanto sabían sobre quién era su legítimo dueño. Su propia memoria de la dominación continuada por una determinada persona o institución era la única prueba que tenían para poder dictaminar que una posesión era legítima (6).

 

         Algo parecido ocurrió con los tributos feudales: durante la dominación irmandiña se mantuvieron los impuestos establecidos para la defensa de las villas aunque se revisaron los que se habían aumentado en los años anteriores, es decir, se aceptaba la función de los nobles como defensores de la población y los tributos que se cobraban por ello, pero se criticaba la manera en que se había llevado a cabo en los últimos años (7).

 

         Conclusión: los irmandiños no pretendían acabar con el sistema señorial sino con los abusos que habían venido padeciendo en los últimos años por señores demasiado poderosos.

 

 Datos de:

 

1.- PARDO DE GUEVARA, Eduardo: El Mariscal Pardo de Cela. Editorial Alvarellos. Lugo, 1981. Páginas 79 y 80.

 

2.- Ídem página 78.

 

3.- Ídem página 81.

 

4.- Según un testigo del pleito Tavera-Fonseca. Citado en BECEIRO PITA, Isabel. La Rebelión Irmandiña. Akal Editor. 1977. Página 139. Descrito en PARDO DE GUEVARA, Eduardo: El Mariscal Pardo de Cela. Editorial Alvarellos. Lugo, 1981. Página 82.

 

5.- BECEIRO PITA, Isabel. La Rebelión Irmandiña. Akal Editor. 1977. Página 140.

 

6.- Ídem páginas 146-148.

 

7.- Ídem páginas 145 y 146.